Es sabido que los accidentes de trabajo son regulados y acarrear una indemnización en favor del empleado según sea la gravedad del daño. Sin embargo, cuando el daño no es físico sino moral o emocional causado por el ámbito de trabajo o las tareas específicas que hay que desempeñar.

En un fallo reciente de la Cámara Laboral de Bariloche, la corte condenó a un empleador a pagar la indemnización de despido sin causa a un empleado que tuvo que dejar su puesto de trabajo por causa de su enfermedad. La conclusión del tribunal hasta aquí no tiene nada de sorprendente u original si pensamos en enfermedades causadas por el trabajo como intoxicaciones, parásitos o bacterias, pero en éste caso la enfermedad se trataba de estrés causado por el trabajo.

La sentencia tiene dos consecuencias relevantes que son interesantes analizar. En primer lugar, si ésta fuera una jurisprudencia compartida por todos los jueces de la nación estaríamos en gran un problema. Todos los trabajos causan estrés en mayor o menor medida, no por el trabajo en sí sino porque es trabajo. Tener que cumplir ordenes de cierta forma de un jefe, por mas bueno que sea, causa el estrés de fallar y perder estabilidad económica o estatus profesional. La segunda consecuencia relevante a raíz de lo analizado previamente es la consecuencia económica. Dado que todos sufren estrés en el trabajo, y si fuera aceptada como causa legítima de incapacidad, entonces los seguros serían más caros, los sueldos menores, y todos quisieran renunciar para recibir una indemnización por despido por no poder cumplir con las tareas por estar incapacitados.

Si bien la sentencia hace referencia a un maltrato del empleador en éste caso, no lo encuadro debidamente. Maltratar al personal empleado tiene sus consecuencias legales y debe ser indemnizado por la vía del daño moral, pero no por una incapacidad que no sufre. Al abrir ésta puerta el riesgo potencial es muy grande y debería entenderse que no es una postura compartida por tratarse del encuadre erróneo en las actividades probadas por las partes.