Los bienes que ud. reciba por donación o herencia se consideran BIENES PROPIOS bajo la ley Argentina y por lo tanto, no debe compartirlos con su ex. Sin embargo, es conveniente gestionar la separación o divorcio, porque los ingresos que Ud. luego genere con esos bienes (como alquileres mensuales u otras rentas que obtenga con ese bien) pueden ser considerados BIENES GANANCIALES que debe compartir. Puede que su ex le reclame compartir estos ingresos en algunos casos, si es que no están separados ni divorciados legalmente.