El 5 de marzo del presente año, entró en vigencia en Chile la Ley nº 20.555 que introduce en nuestro ordenamiento jurídico la figura del Sernac Financiero.

En artículos anteriores explicamos que en Chile el Sernac o el Servicio Nacional del Consumidor es una institución que tiene por objetivo proteger, informar y educar a los consumidores sobre sus derechos como tales. Pues bien, ahora el Sernac Financiero tiene como finalidad otorgar a los consumidores un nuevo marco legal que busca fortalecer los derechos de los consumidores de productos y servicios financieros, además busca imponer nuevas obligaciones a las empresas y le otorga más facultades al Sernac.
Dentro de los derechos del consumidor financiero, nos encontramos con que si una persona contrata con un banco y ya no quiere tener dicha tarjeta bancaria o de alguna multitienda y ya pagó lo que debía puede terminar el contrato y dejar de recibir los cobros que esas tarjetas implican, para esto todas las personas tienen derecho a cerrar su cuenta en 10 días sin que le pongan problemas. También toda persona que contrate y saque una tarjeta con una multitienda, no puede ser amarrado con otros productos o servicios que no solicitó, ahora bien, toda empresa tiene derecho de ofrecer o no productos adicionales y está en uno decidir si los acepta o no. A su vez, si uno acepta y decide comprar un producto asociado, esto deberá constar en un contrato nuevo, diferente al del primer producto o servicio y debe manifestar su voluntad de contratar este otro servicio por medio de su firma. También es importante mencionar, que toda persona que contrata un producto o servicio financiero tiene derecho a que no le cambien las condiciones o costos del contrato si no está de acuerdo, es decir, si usted tiene una tarjeta de un banco o de una multitienda no le pueden subir las comisiones o los precios que inicialmente le informaron en el contrato. Estos no son los únicos derechos que le otorga el Sernac Financiero a los consumidores, pero mencionamos estos con el fin de dejar en claro cuáles son las funciones de esta nueva institución.

Por parte de los proveedores, podemos decir que estas empresas también cuentan con nuevas obligaciones que deben cumplir, las que dicen relación con medidas de información y publicidad que ellos deben otorgar a los consumidores. A modo de ejemplificar aquí les mencionamos solo algunas de estas obligaciones. Las empresas deberán respetar las cotizaciones que se les informan al público y dichas cotizaciones deberán tener una duración de a lo menos siete días. Además las empresas deben informar todos los precios, tasas, cargos, comisiones, costos, tarifas, condiciones y vigencia de los productos ofrecidos conjuntamente, entre otros.

Lo cierto es que en Chile las leyes que protegen a los consumidores han ido avanzando en conjunto con las realidades de los diversos mercados, de hecho en los últimos años ha habido una explosión de ofertas bancarias por parte de las empresas de tiendas de retail, realidad que las instituciones encargadas de proteger a los consumidores no podían dejar de lado.