En el ámbito laboral, se pueden presentar conductas discriminatorias en distintas formas. En lo que aquí nos interesa vamos a analizar la discriminación de género que sufren las mujeres en su lugar de trabajo.

Si bien hoy en día es cada vez menos frecuente escuchar comentarios o actitudes que ponene a las mujeres en un rol de inferioridad con respecto a los hombres, todavía no ha cesado por completo ésta actitud discriminatoria.

Veamos dos ejemplos para ilustrar el fenómeno.  Una mujer y un hombre comienzan a trabajar en una empresa al mismo tiempo. Tienen la misma edad, formación académica, desempeño profesional y estilo de vida. Finalmente se abre un puesto de jerarquía superior por el cuál ambos compiten. El encargado de elegir el postulante seleccionado tiene mejor relación personal con el hombre por lo cuál lo termine eligiendo.

Ahora analicemos el caso precedente con algunas variaciones. Supongamos que la mujer tiene mejor formación académica, tiene una personalidad y conducta más profesional, es más efectiva en su labor en la empresa e incluso comenzó a trabajar antes que él. Sin embargo, el hombre tiene una relación de amistad con el encargado de elegir el postulante seleccionado para el ascenso. Termina eligiendo al hombre.

Con estos dos ejemplos podemos ver claramente el caso de violencia de género. Si bien se podría argumentar que el primer caso es también un caso de discriminación y que en condiciones de igualdad se debería realizar una competencia entre ambos en lo relativo a lo profesional para que el mejor obtenga el ascenso, la realidad es que en condiciones de rasgos similares no tiene nada de malo que se ascienda a la persona en la que más se confía si no hay nadie más eficiente o mejor preparado. En cambio en el segundo caso la discriminación es clara. Lo primordial es una relación personal que no debería inlfuir en el  ámbito laboral en detrimento del desempeño profesional de gente mejor preparada para la labor.

Finalmente quiero mencionar brevemente el proceso probatorio en un juicio de violencia de género. Como lo explica la jueza Vasquéz de la Cámara Laboral en el fallo que condena a La Nación a abonar medio millon de pesos por la discriminación de una empleada, “en las controversias relativas a la violencia de género se aplica la carga dinámica de la prueba”. Ésto quiere decir que la persona afectada no va a tener que probar exhaustivamente lo que ocurrió sino que simplemente con los indicios que plantea es el demandado el que deberá probar que los hechos no ocurrieron o que no se debieron a la discriminación alegada.

Las consecuencias de lo explicada precedentemente son muy relevantes. No es sencillo probar que una mujer es hostigada o discriminada en el trabajo. Al darle ésta posibilidad, realmente se hace justicia para investigar y castigar las conductas discriminatorias contra la mujer en su trabajo.